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JORNADA EXTRAORDINARIA

Jornada extraordinaria es aquella que excede de la jornada ordinaria máxima legal (45 horas semanales) o de la pactada si es menor. Las horas extraordinarias solo se pueden pactar para atender necesidades o situaciones temporales de la empresa, deben constar por escrito y tienen una vigencia no superior a tres meses, pudiendo renovarse.

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